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Bolivia anuncia regularización migratoria para inmigrantes

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Martes, 12 Abril 2011

Bolivia anuncia regularización migratoria para inmigrantes

El  Gobierno boliviano, a través de la Dirección General de Migración, inició, a contar del 11 de abril, un proceso de  normalización migratoria, dirigido a los extranjeros residentes, provenientes de países del Mercosur, entre ellos Chile.
MigrantesEste beneficio, enmarcado en la resolución ministerial N°026/2011, permitirá, previo pago de una tasa, acogerse a una visa de Residencia Temporal, válida por dos años y posteriormente la permanencia definitiva.

La normativa señala que el procedimiento previsto se aplicará, independientemente, de las condiciones migratorias con la que hubiera ingresado el solicitante al territorio  e implicará la exención del pago de multas u otras sanciones administrativas, relativas a su situación migratoria.
Según la solicitud, los requisitos son los siguientes:

Permanencia Temporal de 2 años

 Pasaporte o carnet vigente, o, en su defecto, certificado de nacionalidad, (extendido por los Consulados),
-  Certificado de Nacimiento,
-  Si corresponde, Certificado de Matrimonio y/o de Naturalización,
-  Certificado de Antecedentes emitido por INTERPOL (antecedentes policiales), del último país (o países) donde hubiese(n) residido los últimos cinco (5) años,
-  Declaración Jurada realizada ante la autoridad competente que acredite carencia de antecedentes judiciales y/o penales, y
-  Pago de tasa de Bs. 912 (US$ 132 a la tasa de cambio de hoy)

Residencia Definitiva

- Constancia de Residencia Temporal de 2 años
- Pasaporte vigente o Cédula de Identidad o Certificado de Nacionalidad expedido por el Agente Consular del país de origen del solicitante.
- Certificado que acredite carencia de antecedentes judiciales, penales y/o policiales, del último lugar donde hubiera residido los últimos 5 años
- Contrato de Trabajo o acreditación de medios de vida lícitos que permitan la subsistencia del solicitante y su grupo familiar conviviente.
- Si fuese requerido por la legislación interna del Estado Parte, Certificado Médico expedido por la autoridad médica u otra sanitaria oficial del país de origen o recepción, según corresponda.
- Pago de la tasa respectiva de Bs. 912.00

Para más información visite el sitio web www.migracion.gob.bo , o comuníquese a los teléfonos 591-2-2110960.

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